jueves, 14 de junio de 2012

AMPARO - IDONEIDAD PARA RECLAMO CEPO CAMBIARIO

En un reciente pronunciamiento judicial referido a amparos, un juzgado de San Martín, consideró que la vía excepcional no es el camino idóneo para este tipo de reclamos, resolviendo reencauzar el trámite por el proceso administrativo ordinario La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informa que en un reciente pronunciamiento judicial referido a amparos presentados por contribuyentes para la adquisición de dólares, la Justicia de San Martín, Provincia De Buenos Aires, consideró que la vía excepcional del amparo no es el camino idóneo para este tipo de reclamos, resolviendo reencauzar el amparo iniciado por el proceso administrativo ordinario. Los hechos que motivaron este rechazo judicial se basaron en la pretensión de adquirir dólares estadounidenses, de fondos en pesos provenientes de un crédito hipotecario y de la venta de un inmueble con destino a la adquisición en dólares, de un nuevo inmueble. El fallo fue dictado en el marco del expediente 68477 caratulado Rojas Alberto José c / Administración Federal de Ingresos Públicos S/ amparo por mora, por el juez Oscar Alberto Papavero, titular del juzgado federal de primera instancia en lo civil y comercial contencioso administrativo Nro. I de San Martín.

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